TARJETAS REVOLVING: EL TRIBUNAL SUPREMO CONFIRMA QUE SON USURARIAS
El Tribunal Supremo dictó Sentencia el pasado 4 de marzo de 2020 reconociendo el carácter usurario de las conocidas como tarjetas revolving y confirmando lo que ya había señalado en su Sentencia de 25 de noviembre de 2015. El Alto Tribunal deja por tanto abierta la puerta a nuevas reclamaciones por la contratación de este tipo de productos.
¿Qué son las tarjetas revolving?
Una tarjeta revolving es una tarjeta de crédito con una modalidad de pago flexible, que funciona como una línea de crédito. El cliente puede disponer de determinadas cantidades con un límite prefijado y devolverlas de forma aplazada, según se haya estipulado, o bien abonando un porcentaje de la deuda o bien estableciendo una cuota fija mensual. Las cantidades que el titular abone vuelven a formar parte el crédito, estando de nuevo disponibles, de forma que el capital se reconstituye.
En este tipo de tarjetas se aplica generalmente un interés más elevado que el habitual. Esto supone que, en deudas altas con cuotas pequeñas, la devolución se prolongará en el tiempo, haciendo que el pago de intereses a medio y largo plazo sea también elevado. Al final acabaremos pagando intereses sin prácticamente amortizar el capital prestado, haciendo la deuda casi eterna.
¿Por qué se consideran abusivas las tarjetas revolving?
El problema con la contratación de este tipo de crédito está en el interés que se aplica a la devolución del capital utilizado -interés remuneratorio-. Es habitual que en estos contratos sea excesivamente alto y por tanto infrinja la Ley de Represión de la Usura.
Lo que se tiene en cuenta para determinar si realmente es abusivo o no, es que el interés sea notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. Estaría justificado un interés muy alto, por ejemplo, en el caso de una operación con un riesgo elevado. Sin embargo, este no sería el supuesto de las tarjetas revolving.
Otras cuestiones a tener en cuenta a la hora de reclamar serían si la contratación se ha realizado de manera transparente o no y si los intereses de demora son excesivos, estudio que puede consultarse en este interesante artículo [¿Son abusivos los intereses de mi préstamo?]
Consecuencias de la declaración de abusividad
Si el interés aplicado al crédito es superior al normal, el crédito se considerará usurario y deberá decretarse la nulidad del contrato. Esto supone que el prestatario estará obligado a entregar sólo la suma recibida. En caso de que hubiera abonado ya parte de los intereses, el prestamista tendrá que devolverlos.
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Por Marta S.